Coop57 no opera con garantías ni aportaciones patrimoniales. Nuestro sistema de garantías es lo que llamamos avales personales mancomunados.

Avales Personales Mancomunados

La garantía consiste en que, la entidad que solicita financiación busque, entre los propios socios, socias y su entorno, personas que confían en el proyecto para que asuman un compromiso personal e individual para responder como avalistas por una parte del préstamo concedido. En el caso de que la entidad no pudiera devolver el préstamo, las personas avaladoras responderían en su nombre y sólo por la parte avalada.

Se trata un documento privado que no va a notario y donde no se pide información económica de la persona que avala (nóminas, situación económica patrimonial, etc.). El aval personal mancomunado no conlleva una inmovilización de dinero, ni depósitos ni fianzas. Es decir, es sólo un compromiso personal e individual de quien confía en un proyecto colectivo.

Este sistema permite a muchas entidades con proyectos viables económicamente, pero sin estar capitalizadas con patrimonio, poder acceder a la financiación.

Además, los avales personales mancomunados aportan dos elementos esenciales:

  • Establece unas garantías adicionales al retorno del préstamo y, por lo tanto, disminuye el riesgo que asume Coop57, ayudando a la viabilidad y la pervivencia del proyecto.
  • Demuestra y da información sobre la capacidad de crear red de la entidad, qué nivel de confianza genera el proyecto y si tiene una base social sólida, amplia y comprometida.

Más allá del aval económico, el sistema de avales personales mancomunados es un aval social que, para Coop57, es tanto o más importante que el aval financiero.